Quantcast
Channel: IURISDICTIO-LEX MALACITANA

SUPEROFERTAS JURÍDICAS. DE COMO SUMAR HORROR A MÁS HORROR

$
0
0

Propuesta legislativa en Perú con alcance constitucional para permitir la APLICACIÓN DE LA PENA DE MUERTE en casos de FEMINICIDIO


Súbditos y Soberano en una Democracia. según Rousseau

$
0
0

Jean-Jacques Rousseau (1712-1778), Lettre à d'Alambert sur les spectacles (1758)

"en una democracia [...] los súbditos y el soberano no son más que los mismos hombres considerados bajo diferentes relaciones"

Jean-Jacques Rousseau, Carta a D’Alambert sobre los espectáculos, Estudio Prel. de José Rubio Carracedo, trad. y notas de Quintín Calle Carabas, Madrid: Tecnos, 1994, p. 143.




CULTURA POPULAR Y DERECHO. IUDEX SUSPECTUS

$
0
0


xxx

Me pregunto qué infausta experiencia judicial hubo de soportar el ceramista autor de este plato popular y de la que, como pudo y supo, quiso dejar este testimonio.


J. C. G.

Etienne de La Boétie y la Amistad

$
0
0

Etienne de La Boétie (1530-1563)


"Sólo en la igualdad florece la amistad, cuya andadura siempre es igual y nunca cojea".
Etienne de La Boétie
Discurso de la servidumbre voluntaria (1548)
(Por Ms. de Mesmes. Ed. de José de la Colina, Madrid: Tecnos, 2010, p. 101).

La Ciudad y sus Librerías. Disipaciones que descaminan de Alzheimer el plano de nuestros pasos

$
0
0



Hoy hallé estas dos imágenes de la Papelería y Librería Denis, situada en la zona centro de Malaga. Estoy seguro que ellas complacerán a mis amigos Antonio Checa Gómez de la Cruz y Mará Jesús Molina Caballero. Las traigo aquí porque fui cliente de Denis desde mi llegada a la ciudad el año 1980. No muchos después hubo de cerrar.
Recuerdo que en la segunda planta había un espacio en el que bajaba la altura del techo y era allí, no sin previa autorización, que podía consultarse casi la totalidad del fondo editorial de la bonaerense Losada. Fue esto para mi un lujo y adquirí traducciones de Faulkner en títulos como Mientras agonizo o ¡Absalón, Absalón! Recuerdo perfectamente el día de la compra de éste, a pocos del cierre definitivo. Estaba expuesto en aquella zona de cielo bajo, cuyo limitado acceso lo era aún más, delimitado por una cinta colocada a modo de advertencia de posible accidente por desprendimiento del techo. Sí, una metáfora; se venía abajo el cielo protector que Denis había sido para muchos lectores malagueños. Y Denis desapareció, en el crepúsculo empresarial de alguna tarde que no vería en el mañana otro amanecer.
Leí 'Absalón, Absalón!', un relato -cuatro en realidad- formado en ausencia de hechos, o mejor dicho, una historia carente de información del evento, porque los narradores no disponen de ella. Al terminar de leer reflexioné sobre esa estructura. Es posible en esas circunstancias ser objetivos al contar sobre algo que sucedió, o no y, de haber sucedido, cómo? Es decisiva la objetividad del narrador, de la narración? Llamamos objetivo a lo que depende de la disponibilidad de datos fácticos?
Estas y otras interrogantes han acompañado a mi investigación en el campo de la narratologia y de lo que desde hace más de tres décadas comencé a llamar y desenvolver como "narrativismo jurídico'.
Pero la historia que ahora escribo sí tiene datos, y al montar aquí su relato -o al menos uno de los posibles- la Papelería y Librería Denis ha sido, en gran parte -la mejor parte- ocasión para narrarla.

 J. C. G.

Decir no. El Imperativo de la Desobediencia, de Javier de Lucas. Novedad bibliográfica

$
0
0


Javier de Lucas
Decir no. El Imperativo de la Desobediencia
Valencia: Tirant lo Blanch, 2020, 334 pp.
ISBN: 9788413369792



Ahí la nobleza de los argumentos en contra, incluso, y sobre todo, los de quien escribe asumiéndose en sus límites argumentativos porque quien escribe no está solo, sino que se siente partícipe de las contradicciones de la tribu: "Ya no se trata solo de decir no. Se trata de decirlo juntos y para hacer algo más que indignarse u oponerse"
 
Alfons Cervera, 'Con la palabra por delante', Posdata, 11 de abril 2020

CONSTITUCIÓN, SIN QUITAR NI PONER UNA SOLA LETRA

$
0
0


 
Siento especial predilección por la imprenta doceañista y su alongamiento durante el Trienio. La atmósfera política y social entre liberales y serviles fue, a mi juicio, semejante en mucho a una guerra civil.
El relato de esa época -1812 a 1823- conjura el miedo y, como puede, sortea las tormentas de la venganza.
Hoy leí un pasquín de 1821; una circular de un gobierno superior provincial, firmada como actuario por quien así me ha descubierto a un notable protagonista de cultura jurídica en el s. XIX, y cuya identidad me reservo para otro momento.

 El texto dice: "vivid prevenidos como hasta ahora, y desechad las sugestiones (...) No oigáis otras voces que las de CONSTITUCIÓN y sólo CONSTITUCIÓN (...) Estad alerta y tened presente que hay muchos enemigos encubiertos de este precioso CODIGO: bajo cualquier aspecto que se presenten no los oigáis; sólo quieren vuestra desgracia y la ruina de nuestra Patria. CONSTITUCIÓN, sin quitar ni poner una sola letra".
Siento el escalofrío de la época y la ilimitada admiración hacia ese 'Patriotismo de la Constitución' que hoy nos parece tan ajeno.
 
J. C. G.

Direito, Literatura & Cinema em Brasil

$
0
0


Sentir o Direito: pesquisa e cultura jurídica na interação com cinema e literatura

Sara Alacoque Guerra Zaghlout; Paulo Thiago Fernandes Dias; Vicente de Paulo Barretto (Orgs.)


Porto Alegre, RS: Editora Fi, 2020, 382 pp.


ISBN: 978-65-81512-70-5



 
Esta obra coletiva contempla o trabalho intelectual de pesquisadora(e)s e profissionais do Direito, dentre professore(a)s com anos dedicados à docência do ensino jurídico superior, em nível de graduação e de pós-graduação, vindo(a)s dos mais diversos cantos do Brasil. O livro então faz parte do gênero dedicado à interação entre produções científicas e artísticas, no caso, Direito, Cinema e Literatura. Diante da liberdade conferida à(ao)s autore(a)s para definição de seus objetos de estudo e dos referenciais culturais tomados como base para seus trabalhos, o público recebe vinte capítulos muito bem desenvolvidos e que discutem temas caríssimos à compreensão das dinâmicas relacionadas ao Direito. Trata-se, provavelmente, do primeiro de muitos valiosos volumes de uma coleção, já que o formato “Direito, Literatura & Cinema” é um verdadeiro sucesso.
 
 
Apresentação ............................................................................................................ 13

Prefácio ..................................................................................................................... 15

Álvaro Oxley Rocha

Prefácio ..................................................................................................................... 19

Wilker Batista Cavalcanti

1 ................................................................................................................................ 21

A crônica de uma morte anunciada em Gunther Teubner e o papel dos atratores na

articulação do direito regulatório na globalização

Bernardo Leandro Carvalho Costa

Leonel Severo Rocha

2 ............................................................................................................................... 36

Django Unchained” como instrumento de facilitação para considerações

bourdieusianas sobre a sociedade brasileira

Caroline Liebl

3 ................................................................................................................................ 53

Uma leitura de “O Velho e o Mar” em torno ao estado democrático de direito

Celito De Bona

Ricardo Canan

4 ................................................................................................................................ 74

Mitologia e direito: aproximações entre direito e literatura em foco

Clarice Beatriz da Costa Söhngen

5 ............................................................................................................................... 87

O direito à memória e à verdade e o futuro distópico de Blade Runner, o caçador de

androides

Dailor dos Santos

6 .............................................................................................................................. 114

Dungeons and Dragons à brasileira: Mestre dos Magos e o realismo jurídico do

ministro Luís Roberto Barroso – debates acerca do indulto presidencial e a ADI 5874

Isaac Ronaltti Sarah da Costa Saraiva

7 .............................................................................................................................. 134

“Trust” como exemplo para breve análise das organizações criminosas na exploração

sexual de crianças

Jéssica Painkow Rosa Cavalcante

Liziane da Silva Rodríguez

Maiqui Cardoso Ferreira

8 ............................................................................................................................. 147

A concha, o fogo e a carcaça: Interlocuções entre o Direito Penal e a literatura de O

Senhor das Moscas

Fernanda Miler Lima Pinto

Jéssica Painkow Rosa Cavalcante

Liziane da Silva Rodríguez

9 .............................................................................................................................. 165

Carandiru: comentários acerca da exclusão de classes e do princípio da capacidade

contributiva

Liziane da Silva Rodríguez

Jéssica Painkow Rosa Cavalcante

Fabiano Manzini

10 ............................................................................................................................ 180

Diálogo entre filosofia, literatura e sociedade: a sinfilosofia como aporte para uma

educação ética-estética na cidadania

Maiqui Cardoso Ferreira

Raíssa M. A. R. de Melo

11 ............................................................................................................................. 195

Habermas, Ishiguro e STF: diálogos entre direito, literatura e distopia

Marcelo Beckhausen

12 ............................................................................................................................ 210

Uma breve análise do fenômeno do ativismo judicial: o fator Humpty Dumpty no

direito e a (in)aplicabilidade do art. 489 do código de processo civil a partir da crítica

hermenêutica do direito

Guilherme Augusto De Vargas Soares

Maria Eduarda Vier Klein

Luis Felipe Leão Saccol

13 ............................................................................................................................ 231

A obra “Como as democracias morrem” e o romance em cadeia da democracia

brasileira na sociedade em rede

Patrícia Adriani Hoch

Bianca Larissa Soares de Jesus Roso

14 ............................................................................................................................ 257

Os impactos da quarta revolução industrial para a tutela de direitos da

personalidade: o episódio “Toda a sua história” em Black Mirror e suas

representações

Patrícia Adriani Hoch

Bianca Larissa Soares de Jesus Roso

15 ........................................................................................................................... 278

Desdêmona e a tragédia na obra de Shakespeare: feminicídio e violência contra a

mulher

Paula Yurie Abiko

16 ........................................................................................................................... 288

Narativa literária e narrativa jurídica: quem narra é quem define?

Paulo Silas Taporosky Filho

17 ............................................................................................................................ 301

A colidência entre os modelos de Juiz Wargrave e o das garantias: um estudo sobre a

imparcialidade judicial

Paulo Thiago Fernandes Dias

Sara Alacoque Guerra Zaghlout

18 ............................................................................................................................ 318

A teoria do Labelling Approach no filme “O experimento de aprisionamento de

Stanford”

Rosália Maria Carvalho Mourão

Juliano De Oliveira Leonel

19 ........................................................................................................................... 336

Reflexões jurídico-penais sobre o crime de estupro a partir da obra “Laranja

Mecânica”

Paulo Thiago Fernandes Dias

Sara Alacoque Guerra Zaghlout

20........................................................................................................................... 358

A Antígona de Sófocles ou os fundamentos da ordem jurídica

Vicente de Paulo Barretto

Sobre as autoras e os autores

 
 
XXX--XXX
 

Literatura y Ley Fundamental de Bonn. Algún memento para algún olvido

$
0
0

El año 1983 Peter Häberle (1934-) presentó su trabajo La Constitución de los Literatos [Das Grundgesetz der Literaten. Der Verfassungstaat im (Zerr-) Spiegel der Schönen Literatur, Baden-Baden: Nomos, 1983] donde aborda la relación depoetas, narradores e intelectuales alemanes con la Ley Fundamental de Bonn de 1949, y cuyo título en lengua germánica –como se observa– no ocultaba reflejos ‘distorsionados’. El elenco de autores a los que Häberle acudió fue representativo, como asimismo las conclusiones derivadas del análisis. Desde posiciones como la de Rolf Hochhuth –«Es un cuento que la República Federal sea un Estado de Derecho» (“Die Hebamme. Eine Komödie“, en Die Hebamme. Komödie. Erzählungen. Gedichte. Essays, Reinbek bei Hamburg: Rowohlt, 1971, p. 113– a otras, aunque críticas, mucho más conciliadoras, que le permitirán concluir que la literatura alemana raramente presentó una crítica total al Estado de Derecho.


Años más tarde, en juicio más matizado, aún le cupo precisar: “Con todo, muchas de las reformas propuestas por el legislador, coreadas desde la euforia de los literatos de izquierda, al encontrar una resistencia en el Tribunal Constitucional renovó los recelos de estos escritores hacia el sistema constitucional en su conjunto. Fueron objeto de discusión: la limitación de las actividades políticas sobre la base de la sentencia del Tratado Fundamental29 , el estatuto de los profesores en la Escuela secundaria, la reforma del artículo 218 del Código Penal, la reforma del servicio militar y conflictos comparables a decisiones anteriores –como el juicio sobre la consulta popular o el juicio de las escuchas– que dan la medida de una legislación alternativa en el Estado Constitucional y en cuya defensa fueron a la par las jóvenes generaciones y la izquierda literaria con su tradición utópica y espiritual. El ensayo de estos modelos utópicos (y supuestamente mejores) no fueron admitidos.” (Peter Häberle – Héctor López Bofill, Poesía y Derecho constitucional. Una conversación, Barcelona: Fundació Carles Pi i Sunyer, 2004, pp. 55-56. Asimismo, Peter Häberle – Héctor López Bofill, Poesía y Derecho constitucional. Una conversación, Lima: Tribunal Constitucional del Perú, 2015, pp. 61-62).


En todo caso, quedó ajeno a la lectura y valoración del maestro Häberle una obra que, adquirida en la Librería Antonio Machado de Madrid hará no menos de tres años y ahora aprovechando las actuales circunstancias, he releído durante estos últimos días con enorme beneficio. Se trata de … Ya eres un enemigo de la Constitución. La inesperada ampliación del acta personal del profesor Kleff (trad. de Ruth Zautner, Barcelona: Editorial Montesinos, 1982: Schon bist du ein Verfassungsteind, Berlin: Rotbuch Verlag, 1975, en su edición original), de Peter Schneider. Es muy cierto que parte, y no menor ni insustancial para la trama, casi kafkiana, de los avatares del protagonista en la tramitación del ‘acta personal’bien podrían inscribirse en el cúmulo de insatisfacciones constitucionales de la izquierda radical a que la matización de Häberle en 2004 hacía alusión.  Pero no sólo y, desde luego, no suficientemente.



 
 
Peter Schneider (1940-)

 
En la novela –de estructura epistolar entre un 4 de mayo y un 2 de octubre– se contiene una primera referencia nada irrelevante a mi entender. Allí donde se lee: “Se puede decir cuántas veces se quiera: antiguos jurisconsultos nazis, que entonces protegieron al Estado nazi, están presentes ahora, cuando la Constitución debe ser protegida de nosotros. Y no pasa nada, absolutamente nada.”(pp. 55-56). Y, a continuación, esto otro: “De todas formas, resultaba imposible encontrar todavía a algún nazi convencido. Cuando se preguntaba se tenía la impresión de que nuestros padres habían sido todos luchadores resistentes. Así que renuncié a plantear siempre las mismas preguntas, respondidas desde hacía mucho tiempo. Al parecer no se trataba de superar este pasado, sino de olvidarlo. Pero cuando ahora, los insignificantes nazis empiezan a fisgonear en el credo político de los hijos de los nazis que no quisieron ser como sus padres, me aferro a la pregunta que se me ocurrió en la escalera, poniendo el acento en el «ustedes»: «¿Cómo se les ocurre plantearme preguntas sobre mis convicciones, precisamente a ustedes?».” (p. 57). Y asimismo, este párrafo: “Paralelamente, el colega se sorprendía de que el aludido hubiera empleado en esta nueva escuela a un maestro nacionalsocialista que durante el Tercer Reich, como rector de nuestra escuela, había expulsado a la mitad del profesorado, entreellos al autor de la carta. En relación cn esto, el colega expresaba su sospecha de que no era por casualidad que el decreto contra los radicales hubiese sido publicado precisamente en un momento en que por cuestiones de edad ya no existía peligro alguno de que pudiera aplicarse a nacionalsocialistas” (p. 75).

Estos fragmentos, y algún otro momento preludiar que los prepara, son expresivos de una etapa de la cultura jurídica germánica contemporánea que, por antecedente o consecuente, han estudiado y colaborado a difundir en su mejor conocimiento algunos destacados colegas de mi disciplina.  Así, durante 2016 se publicaron en España dos importantes trabajos sobre el Derecho nazi. Recuerdo aquí Creer en Hitler. El triunfo de la fe y la sumisión sobre la libertad (Sevilla: Aconcagua Libros, 2016, 402 pp. ISBN: 788494504914), de Carlos Alarcón Cabrera, o la traducción de Bernd Rüther en Derecho degenerado. Teoría Jurídica y juristas de cámara en el Tercer Reich (Madrid: Marcial Pons, 2016, 245 pp. ISBN: 9788491230687), a cargo de Juan Antonio García Amado. Y para 2018, la excelente monografía de Antonio Manuel Peña Freire, Legalidad y orden jurídico. El debate sobre la legalidad del exterminio nazi (Barcelona: Atelier, 2018, 258 pp. ISBN 9788416652921).

… Ya eres un enemigo de la Constitución, de Peter Schneider no es un producto literario, desfigurado o no tanto, reflejado en el espejo de la Constitución alemana de 1949 –Ley Fundamental para la República Federal de Alemania (Grundgesetz für die Bundesrepublik Deutschland)– sino una condensación en el cristal de su legalidad capaz, no obstante, de transparentar, a pesar de su calculada borrosidad legitimante, una imprecisa legitimidad aún entonces deudora de ese período de Derecho nazi que constituyó una auténtica ciclogénesis explosiva en la Cultura jurídica europea.

En lo demás, no faltan referencias –cuyo empleo produce incomodad entre no pocos constitucionalistas del 49– a la Constitución de Weimar (1919) y al sistema de juramento de fidelidad del funcionariado (art. 130, párrafo 2), de muy superior diseño técnico y neutralidad ideológica.  

 

J. C. G.

Libertades y Estados 'emergentes' de alarma. Una cita

$
0
0



“Me asusta la rapidez con que las personas se acostumbran a las injerencias en su libertad.”

Peter Schneider, … Ya eres un enemigo de la Constitución. La inesperada ampliación del acta personal del profesor Kleff (1975), trad. de Ruth Zautner, Barcelona: Edit. Montesinos, 1982, p. 84-85.

CÓMO DECIR LO QUE DEBE DECIRSE, SIN MALEDICENCIA

$
0
0





Dedicado a Marlaska, que me estará viendo y oyendo


José Echegaray (1832-1916), que fue nuestro primer Premio Nobel de Literatura allá por el año 1904, ya había escrito a esa fecha un sonoro drama en verso que tituló El gran Galeoto (1881). De allí esta estrofa:
Contra las olas del mar
luchan brazos varoniles
contra miasmas sutiles
no hay manera de luchar
 
El genio de gente maledicente que en este país siempre hubo, introdujo un tenue cambio y, a modo de bulo, resultó que donde decía miasmas sutiles, se vino a decir guardias civiles. Por tanto:
 
contra guardias civiles
no hay manera de luchar
 
Sin negar la trascendencia de tales mutaciones para con los derechos de autor, hoy -sin duda más que nunca hoy- su relevancia es toda para los derechos y libertades de expresión e información.

La actualidad ilustrada. Juan Meléndez Valdés (1754-1817), hoy

$
0
0
"que no toda acción mala es luego delincuente: que el hombre en no turbando el orden público con sus acciones ó palabras no está en ellas sujeto a la inspección severa de la ley".
Juan Meléndez Valdés, Discursos forenses, Madrid: En la Imprenta Real, 1821, p. 255.

 
 Juan Meléndez Valdés (1797), por Francisco de Goya

PASIONES DE BIBLIÓFILO. JUAN MELÉNDEZ VALDÉS EN TIEMPOS DE OSCURIDAD

$
0
0



"Todas las penas –escribió Isak Dinesen (1885-1962)– pueden ser soportadas si se meten en una historia o cuentas una historia acerca de ellas" [Ehrengard (1962), trad. de Javier Marías, Barcelona: Bruguera, 1984, pp. 12-13). Hannah Arendt (1906-1975), por su parte, dedicó a Dinesen algunas páginas de su ensayo Hombres en tiempos de oscuridad(1968). Los tiempos de oscuridad y las historias, los relatos, las narraciones, y la luminosidad. Yo trato de entrever la luz en medio de esta noche pandémica, de su tenebrosidad y lobreguez, y el modo en que lo cuento, o así pruebo a hacerlo, es a través de escritores de la Ilustración y algunos de sus libros. Este es el caso de los ‘Discursos forenses’ (Madrid: En la Imprenta Real, 1821), del poeta y jurista Juan Meléndez Valdés (1754-1817). Rescatarlo de mi biblioteca me ha procurado albor y dicha.


La lectura posible de los Discursos, como a buen entendedor le alcanza con sólo lo expresado en la fecha de su impresión, demoró hasta llegado el Trienio liberal. Los quehaceres de Meléndez Valdés reunidos en esta edición en –¡oh, pequeños libros!; cuánto es que os debemos, pequeños librosabarcan los años 1789 a 1802, y acomodan sus ilustradas reflexiones en relación al ejercicio de la acusación fiscal en cinco causas variopintas –parricidio alevoso, muerte violenta, comercio incestuoso, robo a imagen religiosa, abigeato– seguidas de dos discursos –sobre prohibición de venta de jácaras y romances vulgares, por cuya lectura personalmente tenía especial interés– sumado a otro dispuesto para el día de la instalación y apertura de la Audiencia de Extremadura –que es de una lucidez fuera del común respecto a la formación de un código civil y también del cuerpo criminal– y dos dictámenes fiscales –uno relativo a haberse suscitado desórdenes con ocasión de lucir algunas mozas como atuendo "basquiñas moradas", y otro sobre ejecutoria en pleito de esponsales– finalizando el conjunto con el titulado por los editores como ‘Fragmentos de un discurso sobre la mendiguez’.
 

 

No dudo que la mera enunciación de tales contenidos –de fuerte tintura jurídica– acaso conduzca camino del exilio a no pocos lectores. En tal caso, creo que habrían errado en valorar la apariencia y de allí vagarían por sendas que, a su fin, no les traerían tanto provecho como de no haberse apartado del camino principal, incluso si tan aparentemente jurídico. Porque no hay página, cualquiera fuere el asunto a que se sujete, donde no dejara Meléndez Valdés un punto brillante para ganancia de lectores juristas y de quienes no lo fueran. Esta es una de las ventajas más llamativas de leer a ilustrados, como Jovellanos, Cabarrús, Campomanes, Martínez Marina o también el mismo Meléndez Valdés.


E insistiendo en lo anterior, permítaseme ahora, y así les solicito me concedan tal licencia, que en esta obra enfatice aquellos atributos ideológica y profesionalmente más cercanos a mi condición de jurista. Los hallo por doquier y respecto a la tarea de quienes se embargan en funciones jurisdiccionales, de una manera muy inaugural ya en el caso de la acusación seguida contra un tal Marcelo por ‘muerte violenta’ de su esposa, entre –como más arriba ya dejé apuntado– uno de los primeros discursos forenses recogidos. Un mar de vacilaciones sobre las circunstancias modificativas responsabilidad penal que convierten a la narrativa judicial de esta acusación y la figura del fiscal en el proceso como defensor de la Ley –‘Abogado de la Ley, y órgano continuo de sus decretos invariable” (p. 67), era el dictum forense aquellos días– en un memorable ejemplo de su infrecuencia. Más deslucida me resultó la diatriba que nuestro autor procura para jácaras y romances vulgares, producto de un evidente –y hasta axiomático, diría yo– prejuicio que sin apocamiento alguno en cuanto a preferencias las decanta por la poesía ‘culta’, sin conceder declaración mejorable o más mínimo reconocimiento hacia la poesía ‘popular’.


Y de ahí en adelante iré a lo que más en profundo me conmueve de sus iluminadores puntos de vista acerca de la formación jurídica en su época suministrada por Universidades, sobre principios de elaboración de textos legislativos y, finalmente, en torno a una ilustrativa fábula de la Ley. Dispensen, también, si los pasajes elegidos son espaciosos, porque a pesar de ello estorban.


Leo: “Hubo un tempo en que la ciencia del Magistrado se creía reducida entre nosotros a los estrechos límites de distribuir la justicia privada, lanzar á una familia, y autorizar á otra e una posesión, ó castigar el robo y el homicidio sin indagar ss causas, ni buscarles en la política un remedio seguro para en adelante precaverlos. Las ciencias que hoy conocemos, la legislación, el derecho público, la moral, la economía civil, ó no había por desgracia nacido, o estaban en su infancia censuradas y aun mal vistas, cultivadas por pocos y sobre principios insuficientes. Las Universidades, el taller de la Magistratura con los vicios de su ancianidad, adictas religiosamente á las leyes Romanas y á la parte escolástica de estas mismas leyes, criaban por desgracia una juventud, que entre mucho de gritos y sofismas se envanecía contenta en la estrecha esfera de conocimientos estériles que en sus aulas se adquirían, y encanecía en la toga sin salir, si me es dado decirlo, de los primeros elementos de la verdadera Jurisprudencia (p. 235-236). Tenía, pues, Meléndez Valdés una clara percepción de la necesidad de proyectar políticas legislativas de prevención criminal, que deberían conjugar con reformas del método y sistema iuspedagógico porque competía a ‘las Universidades, el taller de la Magistratura’ –qué bellísima imaginación de lo que debió acontecer, y ni hoy en día ha sucedido– la misión de fundamental de esclarecer el cometido de concepto –“la verdadera Jurisprudencia”–  al formar con nuevo método y sistema igualmente nuevos juristas.


Y van ahora glosas sobre principios de Ciencia Legislativa, que han de principiar con siquiera una breve acotación acerca del entonces presente estado de nuestros monumentos legislativos. Meléndez escribe: “Abramos sino nuestros códigos, y hallaremos a cada paso palpable esta verdad. Resoluciones de jurisconsultos Romanos, ó rescriptos privados de sus Emperadores, leyes del siglo XIII, del XIV, y lo que mas es hasta de la rudez primera de nuestra ilustre Monarquía, sabias y acertadas entonces para nuestros padres, sencillos cuanto poco cultos, pero insuficientes o dañosas á nuevos vicios y necesidades nuevas, que nos cercan y asaltan por todas partes, rigen cada día nuestras mas solemnes acciones, y decides pos desgracia de nuestra suerte y libertad” (pp. 253-254). E insistiendo, también aquí: “Nuestros códigos son un arsenal donde todos hallan armas acomodadas á su deseo y pretensiones: son como las armerías de los Reyes, donde las piezas raras, llenas de orín y polvo de los siglos más distantes, están unidas y se tocan; encierran leyes contra leyes, otras si objeto determinado, leyes inútiles, insuficientes, enmendadas, suplidas, olvidadas; todo, menos unidad y sistema; todo, meno principios y miras generales. El mal no se conoce por inveterado y común; el cuerpo político abunda de códigos y leyes acinadas, y cada día promulga leyes nuevas. Así anhela el hidrópico por el licor que le mata, y aumenta los ardores de su sed con el agua misma con que intenta apagarla” (pp. 261-262).


En cuanto a materia de contratos, tutelas testamentos, donaciones, etc. queda dicho la mayor parte de la ansiada muda del utillaje a los juristas que abogan en causas civiles la necesidad urgente de innovar que desprenden estas líneas: “Casos en lugar de principios, raciocinios falsos autorizados como dogmas legales, opiniones particulares erigidas malamente en leyes, doctores y pragmáticos en contradicción, y el enredo y el litigio burlándose á su sombra de la sencilla buena fe con descarada impunidad” (p. 257, ampliable todo lo incluido en la nota a, p. 259).


Pero el Meléndez Valdés de alma jurídica más ardorosa y comprometida está, sobre todo, en los exquisitos ropajes de que viste su visión en “la reforma necesaria del Código criminal español” –“tan ardientemente deseada de los Magistrados sabios como de los zelosos patriotas” (p. 257)– para defensa de derechos individuales y de los del delincuente, con decidido rechazo a las prácticas de la tortura como prueba judicial. Sus palabras son todavía deslumbrantes: “Entre tanto jamás se aparte de nuestro corazón, viva y respire con nosotros lo infinito que valen a los ojos de la razón y de la ley la vida, e honor, la libertad de ciudadano; y que para preservar mejor estos preciosos dones, con que le enriqueciera su Hacedor, vino y dobló gustoso la cerviz á la imperiosa sociedad, mas sin por esto abandonar del todo ni cederle sin reserva sus imprescriptibles derechos: que no toda acción mala es luego delincuentes: que el hombre en no turbando el orden público con sus acciones ó palabras no está en ellas sujeto a la inspección severa de la ley: que esta y el Magistrado deben ser iguales é impasibles: que se degradan torpemente buscando el delito por aminos torcidos: que la sorda delación envilece las almas, y quiebra y despedaza la unión social en su misma raíz: que toda pena superior en sus golpes a la ofensa es una tiranía, y no dictada por la necesidad un atentado: que para producir sus saludables frutos debe ser siempre pronta y análoga al delito. Y si alguna vez viésemos que la ley se aparta por desgracia de estos sagrados e invariables axiomas; si la viésemos en contradicción palpable con la primera y más fuerte, la de la conservación individual, exigir imperiosa de la boca del reo la confesión de sus yerros para llevarle por ella al cadalso, obligándole así a profanar mintiendo el augusto nombre de su inefable Autor, o a ser asesino de si propio; si la viésemos arrastrarle con una mano bárbara al potro y a los cordeles, y arrancarle entre el grito del dolor más acerbo ylas congojas de la muerte una confesión inútil […]; expongamos unidos y con fiel reverencia a los pies del trono español nuestras dudas y observaciones; consultemos, Señores, y clamemos al buen Rey que nos ha colocado en estas sillas, y acaso será obra de la nueva Audiencia de Extremadura la reforma necesaria del Código criminal español tan ardientemente deseada de los Magistrados sabios como de los zelosos patriotas.” (pp. 255-257).


Y tanto o más hermosos las exhortaciones dirigidas a los Alcaldes del Crimen, a quienes llama “Ministros del rigor y la clemencia”, así como los preciosos consejos donde no desconoce ni relega la compasiónhacia el delincuente, y más si encarcelado: “unid en vuestros juicios la humanidad á la justicia; cerrad los oídos á la delación, y con ella a las venganzas y la división de las familias; que mejor, es cierto, dejar alguna ve un exceso olvidado, que abrir a la calumnia esta terrible puerta, y envolver á un inocente en las dudas crueles de un juicio, fatal siempre por sus vejaciones y amarguras; mirad como propio el honor sagrado de las familias; ved que gobernáis un pueblo honrado y generoso. ¡Ah! jamás infaméis ninguno de sus hijos, jamás uséis en él de esta terrible pena. Velad como padres sobre los pobres presos; respetad mucho su libertad, puesto que la ley olvida al inocente; ocupadlos en esas cárceles, y les aliviaréis, distraída su imaginación asustada, gran parte de sus penalidades; sed tan exactos, tan diligentes, tan compasivos con su miseria, como la justicia desea, y clama la humanidad a las almas generosas […]; y nunca, nunca os olvidéis al juzgar sus criminales extravíos, de que son hermanos vuestros, de que son infelices, de que acaso una fatalidad desgraciada los hizo delincuentes.” (pp. 267-268). De donde, es más pretérita de lo que tantas veces se declara aquel mal asignado origen del humanitario lema odia el delito y compadece al delincuente. [Véase mi trabajo Odia el delito, y compadece al delincuente (Memoria de Correccionalismo, Antropología cultural y Literatura popular)”, en Elementos de Juicio. Temas constitucionales, V, 17, 2011 (Bogotá D. C. Colombia), pp. 105-123. Asimismo, en mi libro El escudo de Perseo. La cultura literaria del Derecho, Granada: Comares, 2012, pp. 73-87].



Juan Meléndez Valdés (1797 date QS:P571,+1797-00-00T00:00:00Z/9), por Francisco de Goya



Y termino. Juan Meléndez Valdés regala en su mencionado Discursode 1791 con motivo de la erección de la nueva Audiencia de Extremadura una sencilla y breve fábula, Fábula de la Leyquisiera yo llamarla aquí, que bien aprovecha contra quienes se alzan cual “tirano odioso en cada hombre”, tratando de “doblar sus iguales á su injusta voluntad, sacrificados á sus antojos o á sus desmedidos deseos”. Dice:


“Entonces habló la ley por la primera vez alzándose como señora sobre todos; y señalando á cada uno con el acuerdo más prudente el lugar que debiera llenar en el cuerpo social, intimándole en él sus derechos y obligaciones, les dijo con imperiosa voz: «Tú mantendrás este lugar; mi brazo te protegerá; y al que asaltare tu inocencia, castigaré severa con una pena igual á su delincuente transgresión: la ofensa pública será la medida de mis crudos escarmientos, y con ello apagaré en los corazones el fatal veneno de la pasión que los deprava.»


Fábula que no ahorra de amarga docit:
“Por desgracia no siempre usó la ley de este sagrado y purísimo lenguaje; y obra del hombre y de sus escasas luces no siempre señaló con el dedo de la incorruptible justicia los límites de su seguridad y libertad á cada ciudadano” (pp. 251-252).

Y saben ya quienes entre mis lectores hubieren alcanzado estas últimas líneas el porqué de mi alivio, y también de mi desahogo, en estos tiempos de oscuridad, merced a historias, relatos y narraciones. Y como yo trato de entrever –y así dije al comienzo de estos párrafos apenas más que hilvanados– la luz en medio de esta noche pandémica, de su tenebrosidad y lobreguez, y el modo en que lo cuento, o así probé hasta aquí cuanto mejor supe y se me dio hacerlo, buscando manera de valerme en la luminosidad de algunos de nuestros escritores de la Ilustración y del fulgor que alumbra en sus libros.


J. C. G.

Gentes de palabras. Micro ensayo sobre el umbral de la Literatura

$
0
0


En la primera Palabra pronunciada hubo un desenganche del mundo fenoménico. A mi parecer, el Nuevo Mundo, el Orbe Palabrista, surgió a imagen y semejanza del proferente. Disputaciones Teológicas varias, a cuyo prestigio me acojo y remito, incluyendo las ardorosas querellas en que prosperaron y la ardiente corrigenda que también alumbraron, pueden elevar a Potencia la Metafísica de esta afirmación. La palabra pronunciada ató más tarde lo con ella dado a una Ley Ética personal, que seguidamente mudaría en Legislación Jurídica Universal.

Devino en estos trances la Literatura, que es desemejanza del Mundo ajeno y del propio mundo, transfigurada en palabra reinventada.

Los Diccionarios –obras humanas que se ufanan de sujetar todas las palabras del mundo entre el Alfa y Omega, pugnado así con el Verbo Original de un modo tal que ni los más incendiados heresiarcas fantasearon en sus antojos de la Fe; en su totalidad arderán en piras, hasta la consunción de la llama, el día del encendido Apocalipsis– las nombran quimera o ficción. Pero aquéllos contenedores con espíritu Moral de confesores apenas catequizan la Mentira cuando quieren anunciar la exactitud de los mandamientos del Vocabulario.

Porque el Pecado de Palabra –raramente de Obra, máxime de Pensamiento– que la Literatura, el Mundo de las Gentes de Palabras, comete contra los preceptos de la Gramática eclesial y la Política de sus feligreses, no es de Falsedad.

La Literatura y sus Profetas anuncian la Verdad aún no Revelada, venida de antes del Principio del Alfabeto, situada en el Umbral que era la Nada.



Imágenes: Paul Klee, 'Anfang eines Gedichts' (1938), y Paul Klee 'Alphabet I' (1938)

Música y Derecho. Novedad bibliográfica

$
0
0


Giorgio Resta (ed.)
L’armonia nel diritto. Contributi a una riflessione su diritto e musica
Roma: Romatre-Press Editore, 2020, 347 pp.
ISBN: 9791280060013


 
Questo volume indaga le relazioni intercorrenti tra diritto e musica, seguendo in particolare tre registri tematici: a) il diritto della musica; b) il diritto nella musica; c) la musica nel diritto.


 


Prefazione


Filippo Patroni Griffi 


Introduzione


Giorgio Resta 


Il saggio introduce il volume e discute tre diverse linee di ricerca sul tema di diritto e musica


Il popolo è una moltitudine che canta. Osservazioni storiche sulla funzione istituzionale della musica


Emanuele Conte 


Il saggio indaga il ruolo assunto dalla musica nell’edificazione di un sentimento unitario di «popolo», e dunque nella costituzione delle moderne comunità politiche e degli stati nazione.


Il diritto amministrativo dell’eccellenza musicale italiana: l’organizzazione e il finanziamento delle fondazioni lirico-musicali


Paolo Carpentieri 


Il saggio si sofferma sull’organizzazione giuridica e i problemi gestionali delle fondazioni lirico-sinfoniche


Il diritto d’autore nell’era digitale: verso il declino dell’originalità dell’opera?


Fiona Macmillan 


Il saggio riflette sull’influenza assunta dal moderno regime del copyright su forme e contenuti della produzione musicale


Personalità della prestazione e regole contrattuali nella disciplina dei rapporti della lirica


Geo Magri 


Il saggio indaga i problemi contrattuali sollevati dal rapporto tra cantanti lirici e teatri.



Il pensiero giuridico di Lorenzo Da Ponte


Vincenzo Zeno-Zencovich 


Il saggio riflette sull’intersezione tra diritto, musica e letteratura indagando alcuni aspetti giuridici dei libretti di Lorenzo da Ponte composti per le opere di Mozart.


Opera e diritto. Approcci metodologici e un caso da analizzare: La Sonnambula di Vincenzo Bellini


Filippo Annunziata 


Il saggio riflette sull’intersezione tra diritto e musica indagando i problemi giuridici coinvolti dall’opera di Bellini “La Sonnambula”.


L’esotismo nel diritto e nella musica: il caso della Madama Butterfly


Giorgio Colombo 


Il saggio riflette sull’intersezione tra diritto e musica indagando i problemi giuridici coinvolti dall’opera di Puccini “Madama Butterfly”.


Il Consiglio di Stato va alla Scala. Immagini e suggestioni della giustizia amministrativa nell’opera lirica, nella letteratura e nel cinema: ovvero…«Se quel guerrier io fossi» e l’interesse legittimo pretensivo


Marco Lipari 


Il saggio riflette sull’intersezione tra diritto, musica e letteratura indagando l’immagine della giustizia amministrativa in molteplici opere musicali


Il nomos nella musica e nel diritto


Eugenio Picozza 


Il saggio riflette sull’intersezione tra diritto e musica dal punto di vista delle neuroscienze.


Standardizzazione, musica e diritto internazionale economico


Alberto Oddenino 


Il saggio riflette sull’intersezione tra diritto e musica concentrandosi sul processo di standardizzazione nella storia della musica e nel diritto della globalizzazione.


Interpretazione, forma, funzione: sulle presunte affinità tra l’agire giuridico e l’agire musicale


Francesco Rimoli 


Il saggio riflette sull’intersezione tra diritto e musica indagando gli elementi di convergenza e divergenza tra le due discipline.


Mu§ical-Juri♪ical Suite. Some Hermeneutical Considerations for Violin, Cello, Piano and Constitution


Marcilio Toscano Franca Filho 


Il saggio riflette sull’intersezione tra diritto e musica concentrandosi sul problema dell’interpretazione e dell’improvvisazione


Su diritto e musica: considerazioni di un uomo in toga senza strumenti di musica


Giuseppe Severini 


Il saggio riflette sull’intersezione tra diritto e musica concentrandosi sul problema dell’interpretazione


Coleccionismo. Primeras ediciones: Alejo Carpentier (1914-1982)

$
0
0

Creo que es admisible establecer dos grandes grupos para organizar los caprichos y pasiones en que se conducen los coleccionistas. Así, en efecto, los caprichosos -aparte algunas fijaciones- ciertamente no atienden a objetivos predeterminados, por lo que la inclinación o preferencia que en cada caso muestran es volátil y, en síntesis, precisamente, un antojo. En cuanto a los coleccionistas apasionados, siempre dependiendo del grado de su afición, creo que fundamentalmente los mueve el entusiasmo. De ahí que a muchas de sus decisiones las impulse una intención que cabria enunciar con la palabra fervor. Y éste, el fervor, es un término que, a mi juicio, no sólo designa el ardimiento con que se ejecuta una acción, sino que es también expresión que propende a significar una componente admirativa en la guía para la toma de decisiones.
Esto, al menos, es lo que me sucede cuando se presenta la oportunidad de ampliar una muy modesta colección de primeras ediciones que, con los años, ha ido formándose en un ángulo reservado de mi biblioteca; esa pasión coleccionista la encendió el entusiasmo, el fervor y, sobre todo, la admiración.
Tengo entre mis manos la primera edición de El Reino de este mundo (México: EDIAPSA, 1949), novela de Alejo Carpentier.
 
 
 
 
Cumplo de este modo un afán bibliófilo, pero asimismo satisfago también un reconocimiento hacía autor y creación literaria a los que no concedí como lector -era muy joven lector cuando el tremor del "boom'- suficiente aprecio. Los 'entonces' admiten 'ahora', a veces, esta clase de remedio. Eso quiero creer y, además, es lo que deseo.
 
J. C. G.

MACHADO DE ASSIS EN LENGUA ESPAÑOLA

$
0
0
 
 
Joaquim Maria Machado de Assis (1839-1908)
 
 
De Don Casmurro tengo ediciones en -naturalmente- portugués, otraa en euskera y una más en castellano. Ésta es la que por traducción de Rafael Mesa López editó Garnier Hnos. en Paris el año 1911.
 
 
 
Ella misma ofrece prueba de la pronta recepción de Joaquim Maria Machado de Assis en lengua española, aunque no por editores afincados en territorio español. La editorial madrileña América lo hizo con "Sus mejores cuentos" el año 1919 por selección y traducción del políglota Rafael Cansinos-Assens.



Ahora ambas obras están en mi biblioteca. Los dos primeros ejemplos de recepción de Machado de Assis en nuestro idioma. Y, en añadido, otra aportación al enorme inventario de la labor traductora de Cansinos-Assens. Creo que existe una Fundación con su nombre y cuyo objeto es la recuperación de su patrimonio intelectual y cultural. Creo, también, que con una existencia languidecerte. Es triste.
 
J. C. G.

UNA SOLITARIA Y TRISTE PANDEMIA

$
0
0

Luego de invertir parte de la semana pasada en la lectura de una selección de cuentos de juventud y adolescencia a firma de Herman Hesse, mortificación no como otra cualquiera dado el peso mercúrico que su autor fue capaz de arrojar a la sintaxis de cada frase para que el incauto lector acabará laminado bajo ella, resolví probar con algo más alígero, pero no volátil e intrascendente.
 
 
 
Teniendo a mano las poesías de Manuel José Quintana (Madrid: Imprenta Nacional, 1813; sin ser esta impresión la mejor, que sólo llegará durante el Trienio liberal), dos versos de su Oda a Juan de Padilla (1797) me ha dado fértil suelo nutricio donde germinar otros pensamientos más de actualidad; en concreto, sobre la pandemia y crisis sanitaria acerca de la cual los especialistas -grupo de gentes tocados por el misterio del arcano- nos obsequian escalas descendientes. Tengo al respecto profundas dudas y abisales inquietudes; soy en todo esto muy rústico, también les confieso.
 
 
 
 

Pero me importa subrayar apenas un par de percepciones. Una es la inútil defensa del concepto de Solidaridad, que para mi entender quedó atrás, quedó en la antigua normalidad. La crisis ha propiciado aislamiento, distancia social, soledad, individualismo. Y aún se hará más patente en las próximas semanas y meses del proceso de desconfinamiento. Y todo ello ha hecho de la crisis y el modo en que la hemos enfrentado una experiencia "triste". A la segunda percepción le son de recibo, creo, las estrofas del poeta: "Faltó su fuerza a la sagrada lira/su privilegio al canto". Yo hubiera querido oírme convocado por el entusiasmo, por esa fuerza que ha sido entre nosotros tantas veces telúrica, en un canto privilegiado y no en el enmudecimiento. Mudos y sin fuerza nos hemos entregado a sobrellevar penalidades terribles y enormes sacrificios sin verso ni canción que nos guiare. No diré que eso ya fuera bastante; digo que sin versos ni canción nada es bastante.
 
J. C. G.
 
Imágenes: Hermán Hesse (1877-1962)
Manuel José Quintana (1772-1857) por José Ribelles (c. 1806)

Futuro anterior

$
0
0


Norberto Bobbio
Igualdad y libertad
Pról. de Grregorio Peces-Barba
Trad. de Carlos Fernández Muñoz
Barcelona: Página Indómita, 2020, 192 pp.
ISBN: 978-84-949992-6-0


En este volumen, uno de los pensadores italianos más influyentes del último siglo ilustra el significado moral y político que los ideales de la igualdad y la libertad tienen en nuestro tiempo.
Por lo que respecta a la igualdad, Bobbio desgrana en primer lugar su relación con la libertad por un lado y con la justicia por otro. Después, el autor aborda los criterios de justicia y cuestiones como la igualdad ante la ley, la igualdad de oportunidades y la igualdad de hecho y, finalmente, traza el recorrido histórico del igualitarismo analizando sus fundamentos y su relación con el liberalismo.
En cuanto a la libertad, el autor aborda, entre otras, las distinciones entre libertad negativa y positiva, de acción y de la voluntad, individual y colectiva y, siguiendo a Constant, de los antiguos y de los modernos. A continuación, analiza la relación entre liberalismo y democracia, se pregunta cuál es la verdadera libertad y traza la historia de esta, así como las líneas de tendencia que tal historia muestra. Finalmente, Bobbio aborda el totalitarismo, la tecnocracia y las formas actuales de la ausencia de libertad.
«Nadie puede pretender conocer el destino de la libertad en el mundo. Quien se limite a observar lo que sucede estará tentado de llevar a cabo una reflexión más profunda. En el siglo XIX […] florecieron las más diversas ideaciones utópicas de una sociedad finalmente liberada; y enraizó la convicción de que el destino de la humanidad era la libertad. Después sucedió lo que ya sabemos: en la entrada de los campos de esclavitud y exterminio fue inscrito, a modo de diabólica interpolación: ‘El trabajo os hará libres’. No conozco en este siglo utopías, ideaciones fantásticas de la sociedad futura, que no describan universos de profunda dominación y desolado conformismo. La única esperanza radica en que, también esta vez, los incautos profetas se equivoquen.»

Derecho y Literatura en España. Novedad bibliográfica

$
0
0


La Cultura literaria del Derecho: Escritura, Derecho, Memoria
José Calvo González (ed.)
2020, 171 pp.
ISBN 978-84-9045-980-5


Bajo el título Escritura, Derecho, Memoria se reúne y ordena el conjunto de aportaciones investigadoras al IIº. Simposio La Cultura literaria del Derecho, celebrado en Málaga el mes de octubre del pasado año 2019. Los lectores de esta obra hallarán en sus páginas un cuidado y bien abundante repertorio de autores y creaciones literarias procedentes del mundo andino ligados con la definición y afirmación identitaria indigenista o, ya para otro período, con las experiencias literarias originadas en la atmósfera de los años del terrorismo en la República del Perú. Junto a todo ello, se examina igualmente una muy varia y múltiple literatura –boliviana, colombiana, peruana y, naturalmente, también brasileña– situada en la demarcación geográfica de las selvas amazónicas y que causada alrededor de los procesos de extracción del caucho ofrece el reflejo de sus arbitrariedades y atroces excesos. De no menos específico valor analítico y reflexivo ha de resultar el estudio dedicado al relato del cuerpo en la tortura, que a la par de los contenidos relacionados con feminismo jurídico –para los que esta edición reserva sus primeras páginas– constituyen también manifestaciones de escritura, sea gráfica o a-gráfica, mas siempre tatuaje e ilustración de una tan delirante como siniestra narrativa de la desigualdad y el espanto.



Presentación


-       Escritura de los cuerpos y sujeto femenino. en The Handmail´s Tale, de Margaret Atwood, Cristina Monereo Atienza


-       Eco y Narciso. Escrituras de la ausencia, Maria Pina Fersini


-       Escribir con el vacío. Escritura de la Ley en la narrativa de la selva, José Calvo González


-       Quién te escribirá cartas de amor. Constitución y proceso constituyente como formas de epistolario amoroso, Felipe Navarro Martínez


-       Tortura y relato interior: de Villiers de l’Isle Adam a George Saunders, Jesús García Cívico


-       Literatura indigenista y Pluralismo jurídico: anticipos, recuperación y desarrollos en el mundo andino, Dámaso F. Javier Vicente Blanco


-       Memoria y Literatura: Narrativa en la época del terrorismo, Carlos Ramos Núñez


-       El Pentamerón de Giambattista Basile. Memoria y Metáfora del Poder en El Cuento de los Cuentos, Alberto Vespaziani


-       II.º Simposio Internacional La Cultura Literaria del Derecho. Escritura, Derecho, Memoria (Málaga, 18-19/X 2017). Crónica, Cristina Morales Segura


Participantes


Agradecimiento

PANDEMIA. REESCRITURA (Y RELECTURA) DE NUEVAS IDEAS MAESTRAS

$
0
0



La tragedia que estamos experimentando conspira con los postulados de la autolegislación, y los fractura. La pandemia es, por eso y en gran medida, incertidumbre, ambigüedad y un enorme cúmulo de contradicciones. Como tragedia posmoderna ha invertido los términos de la ática. Hoy el héroe es el individuo, y no tanto la polis, la ciudad-estado. Esta transformación es de índole ideológica para la relectura de paradigmas ético-sociales como la 'solidaridad'. Una reescritura -para instar luego a la ulterior nueva lectura- requiere, a mi juicio, un esfuerzo de discusión epistémica y deliberación argumental en torno a dos ideas maestras: affectio y compassio

La personalidad jurídica. El bien pedaleado tándem entre psiquiatras y civilistas

$
0
0

 
Daniel J. Garcia López
La Máquina Teo-Antropo-Legal. La persona en la teoría jurídica franquista
Editorial Dykinson /Universidad Carlos IIII. Madrid. 2020, 120 pp.
ISBN: 978-8413245652
 
El cierre de la Facultad de Derecho de la Univeresidad de Málaga a consecuencia de una huelga de limpieza que eligió sus instalaciones como base de una incivil y antidemocrática conducta que así abandonaba la legitimidad y licitud de sus reivindicaciones laborales, y seguidamente la entrada en vigor de Decreto de Alarma que desde mediados del mes de marzo pasado determino el confinamiento de la población para mejor control combate de la extensión de coronavirus, me ha impedido conocer y disfrutar del obsequio que en aquellas fechas tratara de hacerme llegar el Prof. Ayudante Doctor (Dpto. Filosofía de Derecho. Facultad de Derecho. Universidad de Granada)

Se trata de la obra que ha titulado La Máquina Teo-Antropo-Legal. La persona en la teoría jurídica franquista ahora ya, por fin, en mis manos. Llevo parte de la tarde de ayer y esta mañana en su lectura, para la que no ocultare una rendida admiración. Es un trabajo de extraordinaria originalidad, singular enjundia investigadora y enorme arrojo intelectual. Un estudio serio y comprometido en torno al intercambio de tesis entre juristas y psiquiatras –el bien pedaleado tándem José Castán Tobeñas y Antonio Vallejo-Nágera–  para la construcción de un artefacto jurídico – la personalidad jurídico-civil– que, más allá de la arqueología del originario Título Preliminar en su origen codificador de 1889, alcanzó y adquirió ‘nueva carta de naturaleza’ con la reforma del año 1974, subsistiendo con envidiada salud por parte de otros textos jurídicos, durante la transición política y el establecimiento de la Democracia.
Animo a reflexionar sobre estas páginas, bien escritas, y ejemplo de cómo desde la Filosofía jurídica actual cabe aún explorar con valor y utilidad temas reveladores y hasta hoy abandonados.
Un millón de gracias Dianiel por este asombro.

J. C. G.



Índice

Introducción


Capítulo I. Ziz o de la teo-antropología jurídica


1. Escatología jurídica
2. Teología política
3. Biopolítica
4. La máquina teo-antropo-legal


Capítulo II. El cuerpo de la dictadura


1. Anatomía, patología y terapia
2. La inmunización de la comunidad de destino
2.1. El organicismo en Primo de Rivera y en Francisco Franco
2.2. El organicismo en la doctrina jurídica
2.3. Democracia orgánica


Capítulo III. El ser jurídico


1. La crisis y el papel del derecho civil
2. La función salvífica
3. El nuevo Código


Capítulo IV. El ser psiquiátrico


1. Aumentar las fuerzas de la nación
2. Hispanidad como política racial
3. Vivero de la raza


Capítulo V. Al margen del ser


Conclusión
Bibliografía


 
Accesible em: https://e-archivo.uc3m.es/bitstream/handle/10016/29463/maquina_garcia_hd79_2020.pdf?sequence=3&isAllowed=y


JOÃO GUIMARAES ROSA. TRADUCCIÓN Y AUTÓGRAFO

$
0
0


Hace unos minutos he sustituido el ejemplar de Gran serton: Veredas, en la edición de Alianza, por la primigenia de Seix Barral, del año 1967, en traducción emblemática de Ángel Crespo (1926-1995). La primera traducción, por tanto, a lengua española de un texto cuyas dificultades lexicográficas y semánticas lo acercan al 'Ulises' de Joyce. De ahí, los méritos que, por excelentes resultados, deben reconocerse en todo a Crespo.

 
Ángel Crespo Pérez (1926-1995)


 
 Y ahora llevo esta nueva adquisición al lugar que en mi biblioteca reúne parte de la creación literaria de Rosa y material de crítica acumulado en años de visitas a "sebos" y livrarías en Brasil.
 En ese emplazamiento conservo una pequeña pero sugestiva creación de Rosa; Tutaméia: terceiras estórias, editada por José Olimpo el año 1967, primera edición. Justificar el calificativo de "sugestiva creación" es tarea fácil con sólo leer el Prefacio, titulado 'Aletría e Hermenéutica'.
 Pero sobre la coincidencia de fechas -1967- Tutaméia me ofrece el autógrafo de Rosa, en dedicatoria al editor lisboeta Antonio de Souza-Pinto, suscrita en Rio de Janeiro.
 
 
 
 Libro y autógrafo cruzaron el océano y una mañana de soleado marzo los hallé en la Livraria de Paulo da Costa Domingos (Rua Carlos Alberto da Mota Pinto. Lisboa) queriendo emprender viaje a Málaga.
 Y cómo o por qué negárselo.
 Aquí están, conmigo, yo feliz en su compañía y todo tras lo sucedido; un poco -quiero figurarlo así- fruto del albur, aunque –también lo reconozco- gestionado de tal manera levemente que la causalidad parezca borrada, o siquiera borrosa.


 Adoro este modo de construir una biblioteca. Al menos la mía.
 

J. C. G.

 

 

 

João Guimarães Rosa (1908-1967)

'Jueces de Hecho' y Ley de Imprenta de 1822

$
0
0
 
Los Jueces de Hecho, alumbrados por la Ley de Imprenta (1822), reunían entre sus facultades las de calificación de los delitos, especialmente el de injurias, cometidos por medio de la imprenta. Eran nombrados por votación de los Ayuntamientos constitucionales, para una anualidad, entre personas legas en Derecho, quienes así atendían a las circunstancias del caso y aplicaban criterios socio-morales.
 He adquirido este cartel, impreso en Barcelona el año 1822 para mi colección de impresos doceañistas y del Trienio liberal español. En años posteriores a su creación se reclamó, e impugnó también, sobre la posibilidad de que estos Jueces adquirieran mayor peso en el conocimiento de materias y tareas instructoras relacionadas con ‘hechos jurídicos’, así como presencia y relevancia en la formación de los Jurados.
 Los Jueces de Hecho, son un tema seguramente menor –amigos historiadores del derecho me corregirán cuanto haga falta– sobre el que no hallé grandes dedicaciones. Tal vez estas líneas despierten curiosidad y homenaje.
 
J. C. G.

Iconografías jurídicas. La Justicia y la crema de calzado

$
0
0


Hay objetos de cultura popular relacionados con la Justicia y el Derecho que necesariamente llaman la atención. Esta caja de crema –betún en crema – para el cuidado y lustre del calzado –“para conservar y dar brillo al cazado– presenta varias particularidades. ‘CREMA REGIA’ connota, en primer término, una preferencia monárquica por parte del empresario –Fabricante DDS. Madrid– que la patrocinaba o, en una semántica más abarcadora, asimismo la remisión mediante el uso de la palabra ‘regio’, a lo que es majestuoso, fastuoso, admirable... No obstante, la representación gráfica elegida para ello no utiliza la iconografía de la realeza, o sea, de la autoridad real en majestad, sino la jurídica a través de un acto de ejercicio jurisdiccional, simbolizada en distintos elementos significativos del mismo, fácilmente identificables desde la ‘Cultura visual del Derecho’, como son la espada o la balanza.




La hipótesis de mi reflexión respecto de la publicidad de esta ‘CREMA REGIA’ está condicionada por una pretensión epistemológica problemática. Es decir, no sé hasta qué punto la hipótesis puede admitir una dinámica dialéctica de tesis y antítesis. Porque aquélla si bien conjetura en su seno dos interpretaciones antagónicas, una lo es en un sentido muy contenido y condicionado. Así, el patrono exhibía una arrolladora y entusiasta admiración hacia ‘la Justicia’, al punto de acudir a su grafismo más identificable para la promoción de su producto, o bien el patrono exhibía un intenso desprecio hacia ‘la Justicia’ y sus quehaceres, poniéndola a la ‘altura del betún’. Esta última, y antagónica interpretación respecto de la anterior, es impugnable, porque ningún empresario proyectaría para mensaje comercial de su producto un recado de descredito. En consecuencia, el enfoque en esta publicidad de ‘CREMA REGIA’ promueve un punto de vista abierto a la perspectiva fusionada por un grafismo entre lo admirable de las funciones y ejercicio jurisdiccional y del poder en majestad como máxima representación popular de la dignidad real.


Creo que dedicar unos minutos a especular sobre ‘Cultura Popular’ y rasgos de iconografía jurídica es parte de una buena instrucción en lo que vengo denominando ‘Cultura visual del Derecho’.
 
J. C. G.





Latest Images